
Me extrañó que un hecho como esté con las implicaciones que conlleva no se haya difundido antes y después de su aprobación, pero con la experiencia de la directiva de patentes de software [el PE en este caso aún no ha optado por rendirse ante el Consejo y la Comisión (que representan fielmente los intereses de los grandes grupos financieros e industriales europeos y no tan europeos), pero tarde o temprano...], pues qué queréis que os diga, ya no me extraña tanto. Lo mismo que ver al flamante presidente del PE, Josep Borrell, recibiendo en el mismo a Bisbal, por ejemplo.
Me he informado un poco del contenido de la directiva en cuestión y lo poco que he profundizado me ha dejado helado. Para los que, como yo hasta ahora, no saben de qué va la cosa, básicamente se trata de que, a partir de ahora,las empresas de servicios en la UE tendrán que obedecer solamente a los requisitos del país de origen donde radique su sede social. A los otros Estados Miembros (EM), en los que actúen o suministren servicios, no se les permitirá imponer restricciones o controles de ningún tipo.
Para que, al igual que yo, os podáis hacer una idea de lo que hay detrás y las enormes consecuencias que esto conlleva, os dejo unos links para empezar:
La directiva Bolkestein según attac
Comunicado de ATTAC-España sobre la aprobación de la D. servicios en el mercado interior de la unión
"La Directiva Frankestein", de Lucía Etxebarria
Ya me veo con un abogado y un diccionario camino a Bulgaria o Polonia para poder competir :S
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